
Servicios de De derecho abogado en Caracas Venezuela
Con frecuencia nos preguntan: ¿está obligado el patrono a mantener en nómina
al empleado que goce de inamovilidad laboral e incumplidor reiterado de sus
obligaciones? Se trata de un trabajador que amparado por el Decreto de
Inamovilidad Laboral obtiene a su favor la orden emitida por la Inspectoría del
Trabajo de que la empresa lo reenganche y le pague los salarios caídos. Ello, a
pesar de haber incurrido el trabajador en innumerables inasistencias a la sede
de la empresa, faltas al respeto del patrono, entre otras trasgresiones.
Nos encontramos en la práctica profesional con una pasmosa realidad, la
mayoría de los empresarios sostienen que en las circunstancias reseñadas, hay
que soportar a ese empleado por cuanto sería violatorio a la Ley Laboral
despedirlo. Algunos acuden al conocido procedimiento de Calificación de Faltas,
otros más avezados, descartan esta vía por cuanto conocen por situaciones
anteriores, que la Inspectoría del Trabajo tarda demasiado tiempo en
pronunciarse al respecto, y que incluso cuando lo hace, por lo general, dicta la
providencia a favor del empleado.
al empleado que goce de inamovilidad laboral e incumplidor reiterado de sus
obligaciones? Se trata de un trabajador que amparado por el Decreto de
Inamovilidad Laboral obtiene a su favor la orden emitida por la Inspectoría del
Trabajo de que la empresa lo reenganche y le pague los salarios caídos. Ello, a
pesar de haber incurrido el trabajador en innumerables inasistencias a la sede
de la empresa, faltas al respeto del patrono, entre otras trasgresiones.
Nos encontramos en la práctica profesional con una pasmosa realidad, la
mayoría de los empresarios sostienen que en las circunstancias reseñadas, hay
que soportar a ese empleado por cuanto sería violatorio a la Ley Laboral
despedirlo. Algunos acuden al conocido procedimiento de Calificación de Faltas,
otros más avezados, descartan esta vía por cuanto conocen por situaciones
anteriores, que la Inspectoría del Trabajo tarda demasiado tiempo en
pronunciarse al respecto, y que incluso cuando lo hace, por lo general, dicta la
providencia a favor del empleado.
Manuel Alfredo Rodríguez
ABOGADO UCV LITIGANTE
MANUEL ALFREDO RODRIGUEZ
Especialista, Magister Scientiarum, Phd Doctor en Derecho
Postdoctorado UCV 2016
Caracas Venezuela
+ 58 212 753.9207 y + 58 212 753.4220
Celular móvil 0414 3240495
Correo electrónico: asomivis@gmail.com
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