
Servicios de individual interpuesta juridica moral abogados en Caracas Venezuela
comprobada, autorizar a cualquiera de los cónyuges a separarse
temporalmente de la residencia común». La norma exime «temporalmente» al
esposo o esposa, el deber conyugal de convivencia con su pareja, sólo a través
del permiso del tribunal. Relativo al tema, la Sala Constitucional en sentencia
Nº 20090124, anotó: «… hasta el año 1942 era deber de la mujer seguir a su
marido a donde quiera que fije su residencia, lo que implicaba que la
autorización para ausentarse del hogar refería sólo a la cónyuge».
El Derecho Constitucional (libre tránsito y libre desarrollo de la personalidad)
informa que la procedencia de la autorización no está vinculada a hechos
comprobables; por el contrario, depende de la simple manifestación de
voluntad del cónyuge de separarse de forma temporal de la residencia común.
Esto para evitar que el o la cónyuge demande el divorcio con base en la causal
de abandono voluntario, ordinal 2º del artículo 185 del Código Civil.
Manuel Alfredo Rodríguez
ABOGADO UCV LITIGANTE
MANUEL ALFREDO RODRIGUEZ
Especialista, Magister Scientiarum, Phd Doctor en Derecho
Postdoctorado UCV 2016
Caracas Venezuela
+ 58 212 753.9207 y + 58 212 753.4220
Celular móvil 0414 3240495
Correo electrónico: asomivis@gmail.com
Infórmate sobre los Servicios de individual interpuesta juridica moral abogados en Caracas Venezuela , si quieres obtener mas información sobre este y otros asuntos legales contáctenos con gusto le atenderemos